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Publican el proyecto de Reglamento que desarrollará la Ley 7/2023 de Bienestar Animal

Publican el proyecto de Reglamento que desarrollará la Ley 7/2023 de Bienestar Animal

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha publicado el proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el reglamento de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales
Pablo bustinduy
Pablo Bustinduy, ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

Como anunciara días atrás el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, ha salido a consulta pública el proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el reglamento de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales y el Proyecto de Real Decreto sobre identificación de animales de compañía.

 

En lo referente al proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el reglamento de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales destaca varias funciones y responsabilidades clave para los veterinarios.

 

Los perros, gatos y hurones deben someterse a una revisión veterinaria anual obligatoria, que puede coincidir con la vacunación anual.


Según recoge el texto, la eutanasia de animales de compañía solo se realizará tras una valoración veterinaria que determine una causa no recuperable que comprometa gravemente la calidad de vida del animal, y con el consentimiento del titular. En casos de animales no identificados o cuando no sea posible localizar al titular, la decisión recae en el veterinario. La valoración debe documentarse en un informe veterinario.

Sobre la cría de perros, gatos y hurones, sólo estará permitida la cría de perros, gatos y hurones registrados como reproductores en el registro de animales de compañía autonómico correspondiente y cuya persona titular esté inscrito/a en el registro de criadores de animales de compañía de la comunidad autónoma donde resida. Se prohíbe la cría con o para producir híbridos. Además, el texto indica que "el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, previo informe del Comité Científico y Técnico para la Protección y Derechos de los Animales, podrá establecer, mediante orden ministerial, las condiciones específicas sobre la cría de perros, gatos y hurones según su raza, así como prohibir la cría de determinadas razas o cruces con genotipos o fenotipos que conlleven un detrimento para su salud, o que presenten características que puedan suponer un riesgo significativo para las personas o los animales". Antes de cada reproducción, las hembras serán revisadas por un profesional veterinario que verifique su idoneidad para la cría.

 

Figura del profesional de comportamiento animal

 

La figura del profesional de comportamiento animal está formada por veterinarios acreditados en comportamiento animal, titulados universitarios con acreditación en comportamiento animal, adiestrador o educador canino, o instructor de perros de asistencia.

 

El documento describe el papel del profesional del comportamiento animal como los profesionales que se encargan de adiestrar, educar y modificar la conducta en perros y otros animales de compañía.

 

Resalta que pueden realizar actuaciones en patologías diagnosticadas y prescritas por un profesional veterinario acreditado en comportamiento animal, y siempre bajo la supervisión de este.

 

Asimismo, el uso de herramientas invasivas para la educación, adiestramiento o modificación de conducta de un animal debe ser pautado y supervisado periódicamente por un veterinario o un profesional de comportamiento registrado.

 

Textos del Reglamento de la Ley de Bienestar Animal e identificación de animales de compañía


La fecha para el envío de aportaciones a ambos finaliza el 16 de julio. Han habilitado dos formularios, uno para el de Real Decreto que desarrollará el reglamento de la ley de bienestar animal y otra para el de identificación de animales de compañía.

 

Puede consultar el texto del proyecto de Real Decreto sobre el reglamento de la ley de bienestar animal en este enlace, y el proyecto de Real Decreto sobre identificación de animales de compañía en este enlace.

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