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La importancia de la identificación individual de conejos como animales de compañía

La importancia de la identificación individual de conejos como animales de compañía

Juan Antonio Jaén Téllez, doctor en Veterinaria
Juan antonio jaén téllez
Juan Antonio Jaén Téllez, doctor en Veterinaria.

Los conejos han ganado popularidad como mascotas en las últimas décadas. Su carácter dócil, tamaño manejable y facilidad de adaptación al entorno doméstico los convierten en una opción atractiva, especialmente en entornos urbanos. 


Se estima que en España hay entre 300.000 y 600.000 conejos domésticos, aproximadamente, como mascotas. Tanto a nivel de Europa como de España, el conejo es uno de los animales de compañía más comunes, situándose en la tercera posición después del perro y el gato. En países como Alemania, Francia, Italia y los Países Bajos, los conejos gozan de una gran aceptación en los hogares.


Normativa específica sobre identificación de conejos en España


Actualmente la normativa que regula la identificación de conejos a nivel nacional es el Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad. Esta norma establece que los conejos cuyo destino sea como animal de compañía tienen que ser identificados individualmente, antes de abandonar las instalaciones, con el código de la explotación de origen mediante una marca indeleble y fácilmente legible, que podrá consistir en un crotal o un tatuaje auricular.

 

De acuerdo con el Real Decreto 547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas, estas mascotas deben proceder de granjas con la clasificación zootécnica de producción de la categoría explotación de cría de animales de compañía.

 

Con la redacción dada por la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales a las definiciones tanto de animal de producción como animal de compañía de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, estos animales que proceden de explotaciones ganaderas registradas, en el momento de abandonar estas instalaciones tendrían, automáticamente, la consideración de animales que han perdido su fin productivo, por lo que los nuevos propietarios deben inscribirlos como animal de compañía en el correspondiente Registro de Animales de compañía. Estos conejos tienen que estar identificados, obligatoriamente, con el código de la explotación de origen y para poder realizar adecuadamente la inscripción en el registro deberían identificarse de forma individualizada.


Así mismo, la Resolución de 29 de agosto de 2018 de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se aprueban las reglamentaciones específicas de los libros genealógicos y los programas de mejora de las razas cunícolas gigante de España y antiguo pardo español, en el apartado correspondiente de identificación de ejemplares, dispone que los reproductores de estas razas se identificarán individualmente mediante microchip concedido por Asociación de Seleccionadores y Multiplicadores Cunícolas de España (ASEMUCE) dentro de los noventa días de edad. ASEMUCE es la entidad reconocida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la gestión de los libros genealógicos de estas razas autóctonas de conejos incluidas en el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España.


En cuanto a la Ley 7/2023, de 28 de marzo, no establece obligatoriedad de identificación individual para conejos, pero sí indica que los animales de compañía que participen en ferias, exposiciones y concursos deben estar identificados e inscritos en el Registro de Animales de Compañía, conforme se determine reglamentariamente. Con lo que estipula que todos los animales, entre los que se incluyen los conejos, que participen en este tipo de eventos, que están teniendo mucho auge para esta especie, deben estar identificados individualmente, aunque no esté determinado actualmente qué tipo de identificación deben llevar.

 

En este sentido, en comunidades autónomas, como por ejemplo Andalucía, la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de protección de los animales, establece que es preceptivo para todos los animales que participen en concursos o exhibiciones la presentación, previa a la inscripción, de la correspondiente cartilla sanitaria de acuerdo con la legislación vigente. Para una adecuada trazabilidad de la cartilla sanitaria de cada uno de los animales se deben identificar individualmente.


La normativa es dispersa y no concreta, aunque, podría deducirse que los conejos como animal de compañía deben identificarse individualmente, no obstante, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, está poniendo en marcha un desarrollo reglamentario sobre el régimen de identificación de los animales de compañía, que tiene entre sus objetivos establecer el régimen jurídico de identificación de animales de producción que han perdido su fin productivo y han de considerarse como animal de compañía.


Riesgos sanitarios y sobre la biodiversidad


En España, a pesar de que los conejos se han convertido en mascotas populares, hay poca información sobre el abandono. Muchos son liberados en parques o entornos rurales, donde pueden crear poblaciones asilvestradas, especialmente en zonas periurbanas y agrícolas.


En un estudio realizado en la Comunidad de Madrid se analizaron los registros de una red de hogares de acogida para conejos y roedores abandonados entre 2008 y 2021. Se incluyeron datos de 1.024 animales donde el 46,4 % eran conejos. La mitad de los animales (51,2 %) tenían problemas sanitarios, el 41,3 % había sido abandonado, principalmente en áreas urbanas. Muy pocos de ellos estaban identificados individualmente. 


Aunque la supervivencia de un conejo mascota en la naturaleza es muy incierta, pueden tener impacto sobre la biodiversidad con un riesgo para el ecosistema. Pueden causar hibridación, desequilibrios tróficos, daños a cultivos y propagar enfermedades infecciosas a los conejos silvestres. Claves en los ecosistemas ibéricos y catalogado como especie vulnerable, constituye una presa importante para más de 40 depredadores, entre los que destacan el lince ibérico (Lynx pardinus) y el águila imperial ibérica (Aquila adalberti). 


Riesgos sanitarios 


Uno de los principales riesgos asociados de los conejos abandonados es la transmisión de enfermedades a conejos silvestres, pudiendo provocar la muerte de una parte importante de sus poblaciones, lo que puede llevar a una cascada de efectos que alteren el equilibrio del ecosistema, además de graves perjuicios para el sector cunícola profesional. Algunas de las enfermedades más comunes que se asocian son la mixomatosis y la enfermedad hemorrágica viral. También se podría destacar la encefalitozoonosis por su posibilidad de contagio a las personas, especialmente para las que padezcan inmunodepresión.

 

Encefalitozoonosis

 

Encephalitozoon cuniculi es un parásito intracelular zoonótico común en conejos, cuyo diagnóstico ante mortem es complicado ya que puede encontrarse en tejidos de difícil acceso como el sistema nervioso central o el cristalino, y su excreción urinaria no es siempre continua. En algunas ocasiones no se observa sintomatología asociada y se mantiene en estado latente. Es una enfermedad con diferentes manifestaciones clínicas que pueden variar desde problemas neurológicos, renales u oftálmicos, aunque la forma más común de aparición es la enfermedad vestibular.


En un trabajo realizado en la ciudad de Barcelona (España) sobre la detección de encefalitozoonosis en conejos mascota sin sintomatología clínica de la enfermedad, la seroprevalencia de E. cuniculi fue del 45,45 %. En otros países de Europa corroboraron que la seroprevalencia de esta enfermedad en conejos asintomáticos es elevada. Así, en el Reino Unido, indicaron una seroprevalencia entre el 36,84 % y el 52 %, en Italia del 68,1 %, República Checa del 51,6 % y en Eslovaquia del 71 %. En una investigación realizada en Madrid (España), que observó que la seroprevalencia era del 7,6 %. En un estudio realizado en la Islas Canarias se pone de manifiesto que estaba presente en el 14 % de los casos estudiados.

 

Enfermedad vírica hemorrágica 


La enfermedad vírica hemorrágica del conejo es una hepatitis aguda, mortal y muy contagiosa de los lepóridos causada por un calicivirus (género Lagovirus). Debido a su alta patogenicidad y gran poder de difusión, forma parte de la lista de enfermedades de Declaración Obligatoria de la Organización Mundial de la Sanidad Animal (OMSA) en la categoría de las enfermedades e infecciones de leporidae junto a la Mixomatosis, las enfermedades virales de mayor importancia que afectan al conejo europeo. Además, son de notificación obligatoria en España.

 

OMSA la define como una infección de los lepóridos por el virus de la enfermedad hemorrágica del conejo tipo 1 (VEHC) o por el virus de la enfermedad hemorrágica del conejo tipo 2 (VEHC2), lagovirus patógenos del conejo.


En un estudio realizado por la Universidad de las Palmas de Gran Canaria, se destaca que, junto a la encefalitozoonosis, la enfermedad hemorrágica del conejo está entre las patologías infecciosas más frecuentes en conejos mascota representando cada una el 14 % del total de casos estudiados.

 

Mixomatosis


La mixomatosis causa alta mortalidad en conejos susceptibles, especialmente en poblaciones que no han sido previamente expuestas al virus. Esto tiene implicaciones económicas y ecológicas significativas. En regiones donde la mixomatosis es endémica, los criadores de conejos deben implementar estrictas medidas de control y prevención para proteger sus animales. La vigilancia continua junto con una respuesta rápida ante brotes son fundamentales para proteger tanto la salud animal como la economía de la cunicultura. 


Estos estudios ponen de manifiesto una alta prevalencia de estas enfermedades, por lo que se deben potenciar las visitas veterinarias regulares, constituyendo una oportunidad importante para mejorar la formación y educación de los propietarios, además de identificar y manejar adecuadamente cualquier enfermedad subyacente, así como implementar medidas de prevención y control, principalmente mediante una adecuada vacunación y diagnóstico precoz. 


El Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, establece la obligatoriedad de un programa de control frente a mixomatosis, enfermedad hemorrágica vírica, a parasitosis externas e internas y frente a enfermedades micóticas. Esta norma exceptúa de su aplicación, sin perjuicio de las disposiciones que, en el ámbito de sus competencias establezca la autoridad competente, a los animales de compañía.

 

En la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Decreto 65/2012, de 13 de marzo, por el que se regulan las condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales, los animales de compañía que no formen parte de explotaciones ganaderas deberán cumplir todos aquellos requisitos de identificación, sanitarios y de bienestar animal para los animales de su misma especie usados como animales de renta, con lo que en Andalucía, los conejos mascota tienen que tener un programa de control frente a las citadas enfermedades, supervisado en su aplicación por un veterinario autorizado o habilitado.


La identificación individual de los conejos mascota permitiría hacer un seguimiento sanitario de los animales que habitan en los hogares.

 

Subproductos animales no destinados al consumo humano (SANDACH)


El Reglamento número 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano, y por el que se deroga el Reglamento (CE) número 1774/2002, establece las distintas categorías de subproductos animales no destinados a consumo humano (SANDACH). 

  
En el material de categoría 1 se encuentran los animales distintos de animales de granja y de animales salvajes, incluidos, en particular, los animales de compañía y los animales de los zoológicos y los circos. Estos materiales no pueden entrar en la cadena alimentaria por el riesgo que supone en la seguridad alimentaria. Esto significa que los cadáveres deben ser tratados de forma segura y diferenciada. Este reglamento define 'animal de compañía': cualquier animal perteneciente a las especies normalmente alimentadas y mantenidas, pero no consumidas, por los seres humanos con fines distintos de la ganadería.


Así, se debería diferenciar un conejo de una granja y un conejo mascota, para dar cumplimiento a este reglamento y evitar riesgos de seguridad alimentaria, para lo que es necesaria una adecuada trazabilidad de los animales. Esta trazabilidad se garantizaría con la identificación mediante microchip. 


El desarrollo reglamentario de la Ley 7/2023, de 28 de marzom y la Ley 8/2003, de 24 de abril, en lo referente al establecimiento de un sistema de identificación y trazabilidad de animales de compañía, tiene entre sus objetivos regular la identificación de animales de compañía por causas excepcionales. En este caso, la protección de la salud de los consumidores sería una causa excepcional que obligaría a la identificación individual de los conejos mascota.


Conclusiones


La identificación de conejos como animales de compañía de forma individual con microchip es fundamental para prevenir el abandono y fomentar la protección y la tenencia responsable, control sanitario, bienestar, salud pública y medioambiental, ya que la implantación del microchip no solo protege al animal, sino que también es clave como medida de seguridad alimentaria y de protección de la fauna silvestre.
 

Beneficios del microchip

 

Permite la identificación en caso de pérdida o robo; facilita el control sanitario y el acceso a historial veterinario; fomenta la tenencia responsable y reduce el abandono; permite la trazabilidad de los subproductos (cadáveres) evitando la entrada en la cadena alimentaria; y es un método seguro, indoloro y permanente.

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