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Veterinarios y farmacéuticos, enfrentados por la dispensación de medicamentos veterinarios
EDICIÓN
Jesús A. Gutiérrez Aragón (izq.), vicepresidente de CEVE, y Vicente Jairo Álvarez, presidente de Asfarvet.

Veterinarios y farmacéuticos, enfrentados por la dispensación de medicamentos veterinarios

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) está estudiando la flexibilización de la ley para que los veterinarios puedan vender algunos tipos de fármacos
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Una de las reclamaciones históricas del sector veterinario ha sido la de tener la posibilidad de dispensar medicamentos a sus pacientes. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) aseguraba recientemente que se habían iniciados los trámites para la modificación de la Ley 29/2006 de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, y valoraban una posible flexibilización de la misma para que los veterinarios puedan vender algunos tipos de fármacos.


"Existe la posibilidad de modificar el artículo sobre incompatibilidades para permitir que los veterinarios pudieran vender determinados medicamentos veterinarios; no todos ellos. Seguramente estaríamos hablando de los medicamentos que actualmente se pueden vender por el cuarto canal; es decir, medicamentos que están autorizados para determinadas especies animales (perros, gatos, peces de acuario, pájaros de jaula, anfibios, pequeños roedores) y que no estén sujetos a prescripción veterinaria. Hoy por hoy los encontramos en grandes almacenes y pajarerías, pero los veterinarios no los pueden vender. Estamos trabajando en ver la posibilidad de abrir esa posibilidad de venta por el cuarto canal a los veterinarios”, así lo contaba Ramiro Casimiro Elena, consejero técnico del Departamento de Medicamentos Veterinarios de la AEMPS, en una jornada informativa sobre el nuevo reglamento sobre medicamentos veterinarios que entrará en vigor el próximo enero.


Esta posible modificación de la ley no ha sentado nada bien en el sector farmacéutico que, a través del Consejo General Colegios Farmacéuticos (CGCOF), emitía un comunicado donde se mostraban en contra y realizaban algunas afirmaciones como que “la separación legal del ciclo prescripción-dispensación persigue garantizar la independencia de la actuación profesional para evitar la existencia de conflictos de interés y asegurar un uso responsable de los medicamentos”. Desde la Confederación Empresarial Veterinaria Española (CEVE) señalan que con esta afirmación se traslada la idea de que sólo es posible asegurar un uso responsable de los medicamentos cuando los veterinarios no forman parte de la dispensación o venta al por menor.


Otro comentario que CEVE denuncia del escrito del CGCOF es cuando se acusa a los veterinarios de que su participación en la dispensación aumentará los malos usos de los medicamentos veterinarios. El comunicado del CGCOF apunta que “los problemas derivados de abusos en la puesta a disposición del público de medicamentos veterinarios que existen actualmente en el sector se deben, esencialmente, al incumplimiento del marco regulatorio actual y a la venta de medicamentos por medios diferentes a los establecidos en la Ley de Garantías y sin la presencia efectiva de un farmacéutico en su dispensación”.


“Con esta afirmación se deja traslucir que los veterinarios no deben intervenir en la dispensación de los medicamentos veterinarios porque harán un mal uso de los medicamentos al no ser capaces de un uso racional de los mismos. Los farmacéuticos son grandes profesionales. Y no merecen que en su nombre se insulte a otros grandes profesionales, como son los veterinarios”, remarca CEVE.


En este sentido, CEVE recuerda que la formación que recibe un veterinario permite que conozcan todo acerca de los fármacos que usan diariamente, sus efectos, interacciones, su modo de conservación o administración. “Dudar, por un segundo, de la capacitación de los veterinarios para la gestión racional de los medicamentos con destino a los animales es dudar de la capacitación de los veterinarios para tratar a esos animales”.


¿ESTÁ FORMADO UN FARMACÉUTICO PARA DISPENSAR FÁRMACOS VETERINARIOS?


Por el lado contrario, uno de los argumentos esgrimidos por CEVE para realizar una modificación en la ley es que los farmacéuticos “cuando se trata de medicamentos de uso humano no entra en discusión si la dispensación ha de hacerse en oficinas de farmacia. Porque la formación de los farmacéuticos incluye lo necesario en sus planes de formación para que eso sea así. Pero no ocurre lo mismo con los medicamentos veterinarios. Realmente el farmacéutico no está suficientemente formado en salud animal y así lo ha reconocido el Tribunal de Justicia de la UE, que, además, encuentra que ‘la exclusividad en el comercio de los medicamentos veterinarios por parte de los veterinarios constituye una medida idónea para garantizar la salud pública’, como recoge textualmente el manifiesto”, indica Jesús A. Gutiérrez Aragón, responsable del Departamento de Asuntos Legales y vicepresidente de CEVE, en declaraciones a Diario Veterinario.


Si bien, Vicente Jairo Álvarez, presidente de la Asociación de Farmacéuticos para el buen uso del medicamento veterinario (Asfarvet), opina que “el medicamento parte de una raíz farmacológica, y en cuestión de farmacología, el farmacéutico es el especialista en farmacología”. Por lo tanto, señala que “farmacológicamente, los medicamentos son medicamentos, y los farmacéuticos los conocemos más que de sobra”. No obstante, el presidente también demanda en las facultades “una mayor especialización en materia de medicamentos de uso animal”.


Del mismo modo, el presidente de Asfarvet defiende que “el farmacéutico siempre cuenta con la prescripción del veterinario por detrás, y es la que nos va a dirigir sobre ese tema. Creo sinceramente que el hecho de que el médico y el veterinario prescriban a un paciente un medicamento y el farmacéutico lo dispense correctamente bajo esa prescripción es lo que garantiza que todo funcione correctamente”.


Asimismo, en la línea de las palabras del CGCOF, comenta que “dadas las ciertas lagunas que existen en el control de los medicamentos de uso animal, lo que nosotros hacemos es ofrecer la profesionalidad y la capacidad del farmacéutico para ayudar a llevar a cabo ese control”.


“Cada profesión tiene que hacer su cometido profesional, y así como el veterinario y el médico prescriben, diagnostican y tratan a pacientes y animales, los farmacéuticos solemos ganarnos la vida dispensando medicamentos en base a prescripciones médicas y veterinarias”, añade.


No obstante, el representante de CEVE insiste en que “los farmacéuticos deben cumplir con su propio código deontológico y se les está forzando a incumplirlo, porque no están formados para poder realizar una correcta dispensación informada. Una dispensación se distingue de una simple venta en que hay algo más que la entrega de un producto a cambio de dinero. Una dispensación de un fármaco con destino a un animal debe incluir un control de la prescripción en el sentido de que el fármaco está indicado para esa especie, la dosis no es errónea o no hay interferencia con otra medicación que esté tomando el animal. Pero, además, debe incluir información, incluso por escrito si así lo pide el cliente, sobre cómo administrar el medicamento”.


“Peor aún es en el caso de los medicamentos que carecen de prescripción obligatoria, en cuyo caso el farmacéutico carece de la indispensable ayuda de un profesional veterinario que ha hecho una prescripción. Es ésta una fuente notable de intoxicaciones, bien por dispensación de un producto inadecuado, bien por desconocer las dosis adecuadas, bien por no haber informado suficientemente al cliente sobre la forma y modo de administración”, agrega.


LA MODIFICACIÓN DE LA LEY “ES UNA NECESIDAD”


CEVE asegura que la modificación de la ley “es una necesidad. La actual normativa va a ser declarada nula de pleno derecho en muchas de sus disposiciones a partir del 28 de enero de 2022, momento en que será de aplicación el Reglamento (UE) 2019/6. Tener varias normas con disposiciones contradictorias no es nada recomendable”.


Así, esperan que antes del 28 de enero del 2022 exista un pronunciamiento público en el sentido de recoger lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2019/6, que reconoce a los veterinarios “su legítima actividad de venta al por menor de los medicamentos veterinarios”. Con posterioridad, consideran necesario promover una reforma del RDL 1/2015 y del RD 109/1995 “de modo que se actualice el sistema de gestión de los medicamentos veterinarios y se solventen todos aquellos problemas que la actual legislación no contempla o, directamente, produce. Ojalá estas reformas pudiesen estar aprobadas a lo largo del año 2022”.

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