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"En esta ley no se menciona a los veterinarios en todo lo que tiene que ver con pericias de maltrato"
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"En esta ley no se menciona a los veterinarios en todo lo que tiene que ver con pericias de maltrato"

Profesionales de la salud animal han celebrado una charla en la que han comentado cómo le van a afectar algunas medidas de la nueva Ley de Bienestar Animal a los veterinarios ​
Perro veterinario
La nueva ley de Protección y Bienestar Animal ​deja demasiados aspectos abiertos y en manos del futuro reglamento.

Las veterinarias María Luisa Fernández Miguel, presidenta del Colegio de Veterinarios de Tenerife y responsable del Área de Animales del Compañía del Consejo General de Colegios Veterinarios, y Begoña Rodero Cosano, jefa del Servicio de Sanidad Animal de la Ciudad Autónoma de Ceuta y vicepresidenta de la Asociación Española de Veterinarios Municipales, han abordado la nueva ley de Protección y Bienestar Animal.


Según las veterinarias, la ley deja demasiados aspectos abiertos y en manos del futuro reglamento. Esto pasa, por ejemplo, en la inclusión o exclusión de especies en el listado positivo de animales de compañía o en el papel que deben tener las administraciones locales en la gestión y cuidado de los animales abandonados o de las colonias felinas.


Asimismo, les provoca muchas dudas la definición de las obligaciones, responsabilidades y deberes para la tenencia responsable de animales o en la cría y venta de animales. Las veterinarias también piden, entre otros aspectos, más claridad en la responsabilidad y el papel del veterinario en el sacrificio y aplicación de la eutanasia.


“Cabría especificar que la eutanasia o sacrificio eutanásico de un animal no guarda relación con el sacrificio de animales con métodos de aturdimiento que se practica en el proceso de sacrificio para obtener alimentos, donde el veterinario solo supervisa el manejo y es un profesional cualificado en materia de bienestar animal quien provoca la muerte de los ejemplares”, según Rodero, quien ha destacado que en la ley “se menciona en 16 ocasiones la palabra sacrificio, y en 8 de ellas se encuentra relacionada con su prohibición, pareciendo imprimir de cierta connotación negativa al término sacrificio y positiva al término eutanasia”.


Por su parte, Fernández ha mostrado su desacuerdo con otras definiciones que hace el reglamento. “El término que sigue utilizando la ley de manera imprecisa es dignidad. Es algo que nos parece muy claro pero que en realidad no lo es. ¿Qué pasa con el bienestar animal? Que es medible. Y nosotros, los veterinarios, lo conocemos”, según la veterinaria.


Respecto a lo anterior, Rodero ha puntualizado que ya en 2018 existía un código deontológico que regulaba los principios, derechos y deberes de la profesión, por lo que critica a los que han redactado esta nueva regulación, quienes “realmente justificaron una ley por un concepto que ya tenemos inherentes a la profesión veterinaria. Discrepa completamente y pierde el sentido”.  


La complejidad para elaborar la ley también ha sido resaltada por Rodero, quien ha opinado que “es difícil dar una visión completa” de la misma. En este sentido, ha recordado que el nuevo reglamento tuvo que superar 6.000 enmiendas para aprobarse.


Por su parte, Fernández ha expresado que “la ley era imprescindible", pero que "debería incluir a todos los animales de compañía, incluidos los perros de caza. Sacar a los perros de caza ha sido un error, pues para los veterinarios todos los perros son iguales”. Además, ha puesto de manifiesto que “el término bienestar animal debía incluirse en esta ley, siempre desde el ámbito científico. Al principio la ley no contemplaba el término bienestar, pero ha cambiado mucho desde la primera a la última versión”.


LA LEY NO DEFINE A LOS VETERINARIOS MUNICIPALES NI A LOS PERITOS


Fernández ha criticado que la labor de ciertos perfiles veterinarios no ha sido descrita en el reglamento (como es el caso de los veterinarios municipales), y que los profesionales clínicos y peritos han sido subestimados y no tienen suficiente presencia en la nueva norma. “Debemos tener claro que, si no tenemos a un técnico municipal que aplique esta ley desde la ciencia y el bienestar animal, al final, en los términos en las que se pueda redactar, la validación y el llevar a la práctica puede resultar bastante complejo”.


En este sentido, ha explicado que la norma sí ha definido el papel de los adiestradores y educadorespero no "habla de algo tan importante como es la reserva de actividad del veterinario, que es la que dice que las patologías del comportamiento solo pueden ser tratadas por veterinarios”.


“Este tema es importantísimo para los colegios veterinarios profesionales porque sabemos la cantidad de falsos veterinarios y de personas que se dedican a hacer intrusismo profesional, y es muy difícil luchar contra él si la ley no tiene una base clara”.


Además, Fernández ha lamentado que “hemos perdido una oportunidad para reivindicar el papel del perito veterinario. En esta ley no se menciona a los veterinarios en todo lo que tiene que ver con pericias de maltrato. Tampoco define al veterinario como figura clave en la ejecución judicial; y no está en el Plan Nacional contra el Maltrato”. “Es cierto que muchas veces las actuaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, incluido el Seprona, que hace un trabajo magnífico en esta área, carecen de un primer informe veterinario forense, pues no hay medios económicos suficientes para pagarlo”.


Sin embargo, ha reconocido que la ley “hace una cosa muy buena: da mucha importancia a la formación, pero no define muy bien quién va a formar y sobre qué materia”. Añadiendo que “no se contempla la figura del veterinario como formador o sensibilizar contra el maltrato” y que “quien imparta la formación deben ser personas con conocimientos reglados”.


ANIMALES DE COMPAÑÍA PERMITIDOS Y LUCHA CONTRA EL ABANDONO


Respecto al listado positivo de animales de compañía y silvestres, las veterinarias han destacado que el Gobierno va a ir aprobando ciertas especies progresivamente en el tiempo y va a haber que derogar otras leyes ya existentes porque dicho listado "se ha extendido". “Hasta dentro de casi 5 años no vamos a saber el listado de otros animales silvestres”, ha asegurado Rodero.


La veterinaria ha expresado su incomprensión ante la decisión de que los “peces tengan poco que ver con esta ley”; que los quelonios sean los únicos reptiles que superan los 2 kg permitidos; que las mangostas no han sido reguladas en la ley; y ha añadido que “hay que medir bien qué animales van a poder o no tenerse”, sobre todo cuando hablamos de reptiles y especies venenosas. “Hay ranas que son venenosas y otras no; además, cuando criamos a los animales en cautividad el veneno pierde potencia. Todos los animales criados en cautividad van a producir veneno variando de la dieta que les demos”, ha afirmado.


Por su parte, Fernández, a diferencia de la estrategia del Gobierno centrada en la esterilización, ha defendido “que la identificación y la educación son claves en la lucha contra el abandono, muchísimo más incluso que la esterilización sistemática. De hecho, los países que han conseguido el abandono cero lo han conseguido con la identificación y educación”.


COLONIAS FELINAS


Por último, el caso de las colonias felinas ha sido discutido por ambas, quienes han criticado que la ley hable de “programas de esterilización de los gatos mediante la intervención de un veterinario habilitado para esta práctica”. En este sentido, Fernández ha expresado que se trata de una contrariedad, “pues cualquier veterinario está formado para esterilizar cualquier gato. No necesita una formación específica”. “Entendemos que cualquier veterinario que salga de la facultad puede hacerlo; otra cosa es para gestionar una colonia, ahí si necesita una formación como veterinario de comunidad”.


En relación con lo anterior, Rodero ha criticado que con la nueva ley se elige a un cuidador para las colonias felinas, quien no tiene responsabilidades con ellas debido a que es la administración local la que debe de responder por ellas. La veterinaria critica que se le otorguen derechos, pero no deberes; y, además, muestra su desconocimiento hacia quién es la “administración competente” cuando se hace referencia a ella de esta forma en la normativa. 

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