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¿Cómo acreditar el certificado de profesional de auxiliar de veterinaria?
EDICIÓN
Las acreditaciones de auxiliar clínico de veterinaria tienen validez en todo el territorio nacional.

¿Cómo acreditar el certificado de profesional de auxiliar de veterinaria?

En España todavía no se otorgan títulos oficiales de auxiliar clínico de veterinaria, pero existe un procedimiento oficial de reconocimiento de las competencias profesionales por experiencia laboral o formación “no formal”
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En las últimas décadas, las clínicas veterinarias han experimentado un importante desarrollo técnico. En la actualidad, el trabajo del veterinario no se concibe sin la ayuda de unos auxiliares preparados y especializados. En este contexto, surge la necesidad de acreditar de forma oficial la competencia profesional de varios miles de trabajadores que desempeñan este trabajo en los centros veterinarios.


Si bien, en España todavía no se otorgan títulos oficiales de auxiliar clínico de veterinaria (ACV). “Esta carencia de titulación oficial es un problema para los propietarios de las clínicas veterinarias, puesto que los cursos actuales no sirven para demostrar de manera oficial las competencias profesionales de los auxiliares”, explica Delia Saleno, presidenta de la Confederación Empresarial Veterinaria Española (CEVE), una de las entidades que lidera la lucha por la regulación de la figura del ACV, donde también participan otras organizaciones y sindicatos, como Comisiones Obreras.


“No obstante, a pesar de la carencia todavía de una titulación oficial que es el certificado de profesionalidad (cuya publicación se está demorando desde 2015, a pesar de las múltiples reuniones mantenidas con los ministerios competentes, el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Educación y Formación Profesional), existe una posibilidad para que los auxiliares veterinarios puedan conseguir la acreditación parcial de cada unidad de competencia de la cualificación profesional: se trata de las acreditaciones por experiencia laboral”, subraya Saleno.


Concretamente, la cualificación profesional de “Asistencia a la atención clínica en centros veterinarios” está reconocida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP) desde hace varios años, bajo el código AGA 488_3. “En consecuencia, es factible desarrollar un procedimiento oficial de reconocimiento de las competencias profesionales por experiencia laboral que conduce a la obtención de certificación parcial de cada unidad de competencia”, aclara la presidenta de CEVE.


PROCESO ABIERTO EN ANDALUCÍA Y BALEARES


La forma de obtener la acreditación de auxiliar clínico veterinario es mediante los procesos de acreditación por experiencia laboral o formación “no formal”. Actualmente están abiertos los plazos de inscripción para la acreditación por experiencia laboral/formación no formal en Andalucía y en Baleares.


Sobre la acreditación en otras comunidades autónomas, Saleno anuncia que se “está trabajando por implantar la medida en otras comunidades”. Por ejemplo, “se han iniciado los contactos en Galicia, en las Islas Canarias, Aragón, Valencia y también se han dado pasos en Madrid”.


No obstante, precisa la presidenta de la CEVE, las acreditaciones tienen validez “en todo el territorio nacional”, no solo en el interior de la comunidad autónoma donde se expidan.


REQUISITOS 


Para poder obtener dicha acreditación, son necesarios una serie de requisitos. En primer lugar, es necesario tener la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea.


También es necesario tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, ya que ACV es una unidad de competencia de nivel III, para la que se precisa esta edad.


Y por último, tener experiencia laboral o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar. En el caso de experiencia laboral, justificar al menos 3 años con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. En el caso de formación, justificar al menos 300 horas en los últimos 10 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud.


Cabe aclarar que la acreditación no es un examen, es una evaluación individual, en la que se examina la información aportada por el candidato y se realizan entrevistas para asegurar el grado de conocimiento de las mismas.

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