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Condenados por cortar el rabo de unos cachorros para venderlos por Internet
EDICIÓN

Condenados por cortar el rabo de unos cachorros para venderlos por Internet

El Colegio de Veterinarios de Las Palmas se personó en la causa como acusación particular
Ciudad Justicia de Canarias
Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria

El Juzgado de lo Penal número 1 de las Palmas de Gran Canaria ha condenado a dos hermanos por un delito de maltrato animal a la pena de 7 meses y 16 días de prisión para cada uno. El Colegio de Veterinarios de Las Palmas se personó como acusación particular a cargo de la letrada Silvia Martín Pérez.


Los acusados fueron condenados por realizar el corte de rabo o caudectomía de unos cachorros con fines estéticos para su posterior venta. La condena considera a los autores responsables de “un delito de maltrato animal por haber causado en ellos lesiones que menoscabaron gravemente su salud y además con la circunstancia de causar la pérdida o la inutilidad de un sentido órgano o miembro principal”.


Estos hechos implican unas penas que van desde 7 meses y 15 días a un año de prisión y de inhabilitación especial para ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de estos de dos a tres años. Habitualmente este tipo de prácticas vienen siendo consideradas, cuando no archivadas, hechos constitutivos de delitos leves consistentes en un maltrato cruel y que conllevan penas de carácter mucho más leve como una multa.


En los hechos probados de la sentencia se señala que a finales de julio de 2020 uno de los acusados, propietario de 8 canes de raza Pinscher que habían nacido el día 23 de ese mismo mes y año, entregó los mismos a su hermano, también acusado, a fin de proceder a cortar la cola de los cachorros y posteriormente proceder a su venta.


Aproximadamente una semana después de nacer tales cachorros, “sin ostentar título veterinario o médico alguno y careciendo de cualquier medida sanitaria e higiénica adecuada para ello, y siendo dicha acción absolutamente innecesaria tanto por razones estéticas como sanitarias, con evidente peligro para la vida de los animales, el acusado, con la total anuencia de su hermano, procedió a la caudectomía (corte o mutilación de la cola) de los canes y posteriormente participó junto a su hermano en la venta de cuatro de ellos tras publicar un anuncio en Internet”.


Esta causa fue instruida por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Arucas. En el juicio oral los acusados mostraron su conformidad plena con las conclusiones del Ministerio Fiscal y la defensa la ratificó, por lo que se procedió a dictar sentencia por conformidad in voce por parte de la magistrada María Gabriela Ramos Sáenz.

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