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Agricultura busca recabar opiniones sobre la futura norma del veterinario de explotación

Agricultura busca recabar opiniones sobre la futura norma del veterinario de explotación

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 31 de marzo y finaliza el 14 de abril de 2022, ambos inclusive
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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha sacado a consulta pública el proyecto de Real Decreto por el que se dictan disposiciones para el desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación y al plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas.


La norma pretende articular medidas a nivel nacional que permitan cumplir con las obligaciones que el Reglamento (UE) 2016/429, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal, asignando a los operadores una serie de responsabilidades en aspectos como la bioseguridad, el uso prudente y responsable de los medicamentos veterinarios y la prevención y control de enfermedades.


El Ministerio explica que, “si bien estas responsabilidades son asignadas al operador, lo cierto es que para llevarlas a cabo necesita la presencia de un veterinario que pueda diseñar y supervisar la aplicación de un plan sanitario integral”.


Por otro lado, esta normativa, también prevé la necesidad de que en los establecimientos que alberguen animales se lleven a cabo visitas zoosanitarias por parte de un veterinario con una frecuencia basada en el riesgo que presente el establecimiento en cuestión.


Desde el punto de vista de la normativa nacional, el veterinario de explotación está definido en la ley 8/2003 de Sanidad Animal. Sin embargo, las responsabilidades que se atribuyen a esta figura, no estaban desarrolladas a nivel nacional.


Así, consideran necesario aprobar un Real Decreto para aplicar en España las mencionadas previsiones, concretando el plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas, así como los aspectos esenciales de las visitas zoosanitarias y las funciones y requisitos del veterinario de explotación.


Desde el MAPA instan a todas las partes implicadas afectadas por la futura norma que envíen su opinión para el desarrollo de la normativa.


El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 31 de marzo y finaliza el 14 de abril de 2022, ambos inclusive, en la dirección Bzn-dgspa@mapa.es.

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