El Ministerio de Consumo, del que depende la AESAN, abrió a audiencia pública el 22 de noviembre el proyecto de Real Decreto sobre requisitos de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios en establecimientos al por menor. El Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV) ha presentado sus aportaciones al texto y, en líneas generales, el organismo colegial valora positivamente el texto propuesto y considera que va a ser “una herramienta eficaz para el control oficial de los alimentos” pero, por contra, estima oportuno que se incluya la regulación sobre la elaboración, venta o suministro de alimentos para las instalaciones no permanentes (ferias, fiestas o mercados ambulantes…), “sobre todo cuando se manipulan productos de riesgo como comidas preparadas, carnes, quesos, fiambres carnes”.
En el proyecto se establecen los requisitos de higiene relativos al suministro de alimentos en estos establecimientos de venta directa, tales como la temperatura, operaciones de congelación, descongelación y recongelación de alimentos, requisitos específicos…
El CVCV alerta que cada vez es más habitual el montaje de carpas, casetas o puestos de venta “sin que se hayan observado las mínimas condiciones de higiene. Instalaciones autorizadas a nivel municipal y frente a las que la Autoridad Sanitaria o incluso la local no dispone de una herramienta normativa adecuada”, indican.
REQUISITOS MÍNIMOS
El CVCV expone los mínimos requisitos que éstas debieran cumplir: prohibir el montaje en suelos de tierra (por el polvo en suspensión); zonas de manipulación de alimentos separadas de donde se expenden, con equipos y espacio para una fácil limpieza; garantizar suministro de agua potable para cubrir las necesidades de higiene; sistema de desagüe para residuos líquidos y contenedores suficientes en número y capacidad que estén cercanos para su retirada…