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Juicio histórico sobre quién puede ejercer fisioterapia en animales
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Juicio histórico sobre quién puede ejercer fisioterapia en animales

Un juez tendrá que decidir, por primera vez, sobre si los fisioterapeutas pueden ejercer fisioterapia y rehabilitación en animales
Ciudad justicia málaga
Ciudad de la Justicia de Málaga.

La Asociación Empresarial Malagueña de Veterinarios (CEVE Málaga) ha llevado a juicio a una fisioterapeuta de nacionalidad belga que anunciaba a través de redes sociales su trabajo como profesional en el campo de la fisioterapia animal.  


La asociación malagueña interpuso la denuncia contra la mujer en 2018 después de que un asociado avisara sobre uno de los anuncios que había compartido a través de una red social. Desde CEVE Málaga consideraron que, “al no tener titulación específica para tratar a animales, estaría incurriendo en un delito de  intrusismo”.


Por ello, el presidente de CEVE Málaga, Jesús Gutiérrez, explica en declaraciones a Diario Veterinario que, cuando recibieron el aviso del asociado, llevaron a cabo una revisión de la legislación para “constatar si realmente se estaba produciendo esa situación de intrusismo, a la par que otra de competencia desleal por estar ejerciéndose la actividad con ausencia de profesionales habilitados legalmente”.


Con la denuncia comenzó un periplo judicial, al que más tarde se unió –además de CEVE Málaga– el Colegio de Veterinarios de Málaga como parte acusadora, en un caso que señalan como “complejo, pero que supondrá el primer posicionamiento judicial entorno a quién puede ejercer estas labores en animales”.


Desde la asociación afrontan el juicio, que prevén que se celebre durante el primer semestre de este año, desde dos perspectivas. Por un lado, desde la parte económica, en la que exigen “seguridad jurídica” para llevar a cabo su trabajo “con la tranquilidad de no ser acusados de estafa, para lo que necesitamos estar seguros de que no tenemos contratados profesionales que pudiesen estar cometiendo un delito de intrusismo”.


Por otro, en la parte profesional, esperan que el Juzgado de Instrucción nº 3 de Málaga, encargado de llevar el caso, despeje a nivel legal la incógnita sobre qué profesional puede atender algunas necesidades concretas como es la fisioterapia en perros y animales en general.


Recurren a la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias para defender que el ejercicio de la fisioterapia en animales lo tiene que desempeñar un veterinario. “Esta ley reserva el ejercicio de la profesión de los fisioterapeutas solo a las personas, y reserva a los veterinarios la prevención y el tratamiento de las enfermedades en los animales”, apunta Gutiérrez.


El presidente atribuye esta controversia a que no existan “especialidades en el campo de la veterinaria”. “Todos entendemos, por ejemplo, que un dentista no puede hacer odontología en animales como tampoco un veterinario puede hacer odontología en personas, por mucha formación que tenga. Pues lo mismo pasa con la fisioterapia”, señala el presidente de CEVE Málaga.


SEGURIDAD PARA EL PROFESIONAL Y LOS PACIENTES


Gutiérrez asegura que “existen multitud de ejemplos más como el de esta trabajadora. Hay gente que ejerce labores a las que llaman de sanación, curación y tratamiento en las que entra de todo. Desde modificaciones de conducta de animales –tarea que pensamos que debe estar reservada a la etología clínica veterinaria– hasta personas que hacen reiki o acupuntura”.


Sobre la acusada de supuesto intrusismo, defiende que “no negamos que tenga el título de fisioterapeuta, pero queremos que quien ejerza la actividad esté habilitado legalmente y tenga conocimientos específicos en animales”.


Los veterinarios malagueños esperan que el pronunciamiento de la justicia sea en favor del cese preventivo de toda actividad que no este realizada por un veterinario colegiado.


CONFLICTO ENTRE PROFESIONES


En los últimos años han sido múltiples los casos en los que los veterinarios han denunciado que fisioterapeutas de humana han tratado a animales. Siempre han alegado que la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias establece en su artículo 6.2, como funciones propias de los veterinarios “el control de la higiene y de la tecnología en la producción y elaboración de alimentos de origen animal, así como la prevención y lucha contra las enfermedades animales, particularmente las zoonosis, y el desarrollo de las técnicas necesarias para evitar los riesgos que en el hombre pueden producir la vida animal y sus enfermedades.”; y, asimismo, el artículo 7.2 del mismo texto legal establece como funciones propias de los fisioterapeutas “… la prestación de los cuidados propios de su disciplina, a través de tratamientos con medios y agentes físicos, dirigidos a la recuperación y rehabilitación de personas con disfunciones o discapacidades somáticas, así como a la prevención de las mismas.”


Según comentan, “la Ley 44/2003 establece claramente que el tratamiento de enfermedades y dolencias animales es competencia exclusiva de la profesión veterinaria, mientras que las competencias de los fisioterapeutas se refieren exclusivamente a las personas”.


Además, también hacen referencia al resultado de la consulta elevada al Consejo de Estado por el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación en la que se planteaba la cuestión de “si la fisioterapia equina compete en exclusiva a la profesión veterinaria o si, por el contrario, los fisioterapeutas pueden ejercer una función sanitaria al margen de la reserva legal para la profesión veterinaria contemplada en el artículo 6.2.d) de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.”, como consecuencia de la cual, la Comisión Permanente de dicho organismo emitió dictamen de fecha 12 de noviembre de 2020 en el que concluía “que, en España, en la actualidad, el desempeño de la fisioterapia equina está reservado a quienes se encuentran en posesión del título oficial que habilita para el ejercicio de la profesión de veterinario”.


Por otra parte, los fisioterapeutas, tras conocer el dictamen del Consejo de Estado, señalaron que la “fisioterapia equina”, recogida en la cuestión planteada por el Ministerio, “no existe, ni como disciplina, ni especialización y ni siquiera como técnica. La fisioterapia no es una medida terapéutica, sino una disciplina con área de conocimiento que ejercen los fisioterapeutas y no se puede aplicar a otras disciplinas o especialidades ajenas a la fisioterapia”.


“Entendemos que el dictamen está errado tal como se manifiesta en el voto particular del presidente, ya que el dictamen no contesta si existe reserva legal a favor del veterinario sobre el ejercicio de la fisioterapia equina o animal, sólo establece, y de una manera simplista, que la medicina y fisioterapia es para el ser humano como el veterinario es para los animales”, indicaron.


Afirmando que “no existe ninguna legislación que establezca una reserva a favor de los veterinarios para el tratamiento de los animales, y por ello, al no existir prohibición legal y expresa, los fisioterapeutas están autorizados a seguir realizando tratamientos propios de su conocimiento y disciplina a los equinos en particular y a los animales en general”.


Ahora será un juez quien, por primera vez, dicte una sentencia que puede ser histórica.

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