AxSí denuncia que haya colegios San Fernando pendientes aún del mantenimiento de las zonas verdes - San Fernando - Noticias, última hora, vídeos y fotos de San Fernando Ver
Andalucía amplía el derecho a tener "perros guía" a personas con diabetes o epilepsia
EDICIÓN

Andalucía amplía el derecho a tener "perros guía" a personas con diabetes o epilepsia

La nueva norma cambia el concepto de “perro guía” por el de “perro de asistencia” para extender su uso a personas con otras discapacidades además de la visual
Parlamento de andalucá
La Junta de Andalucía ofrecerá perros guía a personas con diabetes o epilepsia.

La Junta de Andalucía ha hecho pública la Ley sobre perros de asistencia a personas con discapacidad, una nueva directriz en la que se incluyen como receptores de estos perros a otras personas con diferentes discapacidades además de aquellas con discapacidad visual.


El reconocimiento de la necesidad de la asistencia de animales para mejorar la calidad de vida ha estado ligado tradicionalmente en el ordenamiento a las personas con discapacidad visual que necesitan perros guía. No obstante, defienden que “se ha evidenciado que también otras personas, por motivo de otras discapacidades distintas a la visual o por presentar determinadas condiciones de salud como la epilepsia o la diabetes, requieren de la asistencia de perros que les faciliten el desenvolvimiento libre y seguro por los diferentes entornos”.


Por este motivo, la Junta de Andalucía establece el derecho de las personas con discapacidad, o con determinadas condiciones de salud, que originen nuevas variantes de ayuda para que estén acompañadas por perros de asistencia. La persona destinataria de los servicios del perro de asistencia deberá tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % por los órganos administrativos competentes para la valoración de la discapacidad.


La ley, que entrará en vigor el 23 de enero, excluye del ámbito de aplicación a los perros utilizados en la actividad de terapia asistida con animales, que se regirán por su normativa específica, así como los utilizados para cualquier otra finalidad, de carácter asistencial o de apoyo, distinta a las previstas en el artículo.


Asimismo, el texto también contempla que los perros inscritos en el Registro de Perros Guía de la comunidad autónoma de Andalucía tienen automáticamente reconocida la condición de perros de asistencia y se inscribirán de oficio en el Registro de Perros de Asistencia de Andalucía.


Por su parte, las personas usuarias de estos perros deberán solicitar el carnet de la unidad de vinculación y el distintivo de perro de asistencia una vez se apruebe la normativa de desarrollo correspondiente. Además, para reforzar la concienciación sobre la compañía y la ayuda del perro guía en personas con discapacidad, la norma prevé campañas informativas sobre el contenido de la Ley, especialmente dirigidas a los centros de enseñanza, establecimientos de hostelería, comercios, transportes y servicios públicos.

Archivo