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Resaltan al veterinario como único capacitado para evaluar el bienestar animal
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Resaltan al veterinario como único capacitado para evaluar el bienestar animal

​El Consejo Valenciano de Colegios Veterinarios reitera que sólo el veterinario está “capacitado para la evaluación del bienestar animal dado que éste está directamente vinculado al estado de salud del animal”
Perrera perros adoptar adopción

Una década después de la publicación por parte del Consell de la Generalitat Valenciana del Decreto 51/2010, de 26 de marzo, por el que se regulan los cursos de formación en bienestar animal, la Conselleria de Agricultura considera oportuno ahora “concretar determinados aspectos de la acreditación de dicha competencia, así como ampliar su ámbito de aplicación (en la explotación ganadera y en los mataderos, se entiende) al personal que cuida los animales de compañía en núcleos zoológicos registrados”. Así se justifica, en parte y también por los cambios legislativos dados desde entonces, en su preámbulo el nuevo borrador de decreto con el que se quiere regular esta materia.


El Consejo Valenciano de Colegios Veterinarios (CVCV), que ya hizo algunas aportaciones en la fase de consulta pública, ha presentado ahora alegaciones a este borrador para poner en valor los conocimientos y experiencia del veterinario en el terreno del bienestar animal.


ÚNICO PROFESIONAL COMPETENTE


En lugar de valorar al veterinario como el único profesional competente en materia de bienestar animal, Agricultura plantea la existencia de otros “con una formación de nivel equivalente, que puedan acreditar conocimientos suficientes” en este asunto. El CVCV reitera que sólo el veterinario está “capacitado para la evaluación del bienestar animal dado que éste está directamente vinculado al estado de salud del animal”. Por tal motivo insiste en que los únicos profesionales que pueden estar exentos de realizar este curso sean los licenciados o graduados en Veterinaria.


Junto a ello, se reclama que en el temario se incluyan también conocimientos relacionados con la bioseguridad (en mataderos, granjas o núcleos zoológicos) sobre enfermedades infectocontagiosas o parasitarias pues la entrada de este tipo de patógenos afectaría a la salud animal y con ello a su bienestar. En idéntico sentido, se habla de otros conocimientos básicos sobre etología, morfología de las especies... por lo que, en líneas generales, se insiste en la necesidad de aplicar a estos cursos un enfoque One Health.


PROFESORADO Y CURSOS


Similar planteamiento permite al CVCV defender la idoneidad de los veterinarios para ejercer de docentes de esta materia. En su lugar, el artículo en cuestión se limita a requerir candidatos con una “titulación y la formación suficiente debidamente acreditada” y haber “realizado el curso de formador de formadores”.


El borrador menciona un largo listado de entidades que podrían organizar estos cursos (universidades, centros docentes públicos y privados, las entidades de derecho público, las cooperativas, las organizaciones de productores...) pero no cita expresamente -como se reclama en otra alegación- al propio CVCV o a los colegios oficiales de veterinarios. La entidad colegial defiende, sin embargo, que estas corporaciones colegiales ya “disponen de los conocimientos, el personal y equipamiento necesario para asegurar una formación de calidad, independiente y libre de todo conflicto de intereses”.

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