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Condenan a un veterinario por realizar una cirugía mayor en un consultorio
EDICIÓN

Condenan a un veterinario por realizar una cirugía mayor en un consultorio

Una sentencia ha condenado a un veterinario de Sevilla por llevar a cabo una esterilización en un consultorio veterinario y haber fallecido el animal
Chihuahua veterinario denuncia
La jueza considera que si la intervención se hubiera llevado a cabo en un centro veterinario acorde al Reglamento tal vez se hubiera evitado su fallecimiento.

Un veterinario de Sevilla ha sido condenado a pagar una indemnización de 1.820 euros por la muerte de un perro chihuahua al que sometió a una esterilización pese a que su centro solo estaba reconocido como consultorio y no como clínica para intervenciones quirúrgicas mayores, según la sentencia del juzgado de primera instancia 25 de Sevilla que recoge Diario de Sevilla y a la que ha podido acceder este medio.


Lola García, abogada del despacho Derecho&Animales que ha llevado el caso, ha explicado a Diario Veterinario que “mis clientes tenían un perro de ocho meses y lo llevaron a este veterinario que les recomendó castrarlo y lo hicieron allí”.


El problema surge cuando el animal en el inicio de la operación entra en shock anafiláctico, “probablemente por reacción adversa o alérgica frente a alguno de los fármacos administrados”, según recoge la sentencia, y fallece tras no poder reanimarlo.


Así, tras diversas comprobaciones, García y su equipo se dieron cuenta de que este tipo de cirugías no se pueden realizar en consultorios veterinarios, “precisamente porque no tienen los equipos para poder reanimar”, indica la abogada.


A raíz de ello, interpusieron una reclamación en el Colegio de Veterinarios de Sevilla, pero el veterinario se negaba a reconocer cualquier tipo de responsabilidad, “tuvimos finalmente que demandarlo”. En la sentencia que se dictó el miércoles pasado se le condena al profesional por mala praxis y debe indemnizar por el valor animal y daños y perjuicios a los demandantes.


Cabe destacar que la familia tenía dos hijos menores y les causó un gran impacto porque, según explica la abogada, “el animal estaba completamente sano. Lo hicieron a su recomendación ignorando que allí no se podía hacer. Si le hubieran dicho que allí no se podía realizar y les hubiera aconsejado una clínica veterinaria no hubiera habido ningún problema económico. Era su primer perro, lo habían llevado allí a vacunar y confiaron en él”.


CONSULTORIO VETERINARIO


El Reglamento para el ejercicio profesional en clínica de animales de compañía aprobado por la Asamblea General de Presidentes veterinarios en 2015 define un consultorio veterinario como “dependencias y servicios destinados a la atención y tratamiento (preventivo y curativo) de primera necesidad para los que no sean precisas con carácter inmediato la realización de análisis, cirugías mayores, hospitalización o aislamiento”.


Para poder realizar intervenciones quirúrgicas, salvo las consideradas menores, se requiere contar con “un quirófano independiente con medios de reanimación, gases medicinales y monitorización anestésica”. Asimismo, aclaran en el artículo 7.2 que “quedan expresamente excluidas del concepto de cirugía menor las esterilizaciones”.


La jueza considera que si la intervención se hubiera llevado a cabo en un centro veterinario acorde al Reglamento tal vez se hubiera evitado su fallecimiento.


Según el expediente disciplinario abierto por el Colegio de Veterinarios de Sevilla, el centro demandado fue sancionado porque tenía la categoría de consultorio según el Reglamento.

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