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Actualizan las indemnizaciones por sacrificio obligatorio del ganado vacuno
EDICIÓN

Actualizan las indemnizaciones por sacrificio obligatorio del ganado vacuno

​El Ministerio de Agricultura ha anunciado un proyecto de orden para modificar las indemnizaciones al ganado vacuno en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de enfermedades
vacas
El plazo para remitir sugerencias comienza el 19 de diciembre de 2019 y finaliza el 31 de enero de 2020 (ambos inclusive).

A efectos de recabar la opinión de los ciudadanos con anterioridad a su aprobación, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) somete a información pública el proyecto de orden por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 389/2011, de 18 de marzo, por el que se establecen los baremos de indemnización de animales en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles.


Según el MAPA, “en función de la evolución del mercado, resulta preciso, de acuerdo con la Disposición final segunda del mencionado real decreto, actualizar los aplicables al ganado vacuno (incluida lidia), en los animales menores de 1 mes, de 147,13 € a 196 €, y de los de 1 a 3 meses desde 209 € a 307€, así como, en los de aptitud leche, de edad entre 1 y 3 meses, desde 209 € a 284 €”.


La meritada disposición final segunda del Real Decreto 389/2011, de 18 de marzo, faculta al Ministro de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (actual Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación), para actualizar la cuantía de los valores de los anexos en función de los precios de mercado, precepto de aplicación en este caso.


En el procedimiento de elaboración de esta disposición han sido consultados las comunidades autónomas y los sectores afectados.


De esta forma, se modificará el anexo I del Real Decreto 389/2011, de 18 de marzo, por el que se establecen los baremos de indemnización de animales en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles.


El apartado 1 del del Real Decreto 389/2011, de 18 de marzo, por el que se establecen los baremos de indemnización de animales en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles, queda redactado como sigue:


El baremo será del 85 por cien de los valores siguientes, en función de la aptitud de los animales:


Dfd


Las alegaciones, observaciones, sugerencias u opiniones que se realicen al respecto deberán dirigirse a la siguiente dirección: sganimal@mapa.es.


El plazo para remitir sugerencias comienza el 19 de diciembre de 2019 y finaliza el 31 de enero de 2020 (ambos inclusive).

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