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¿Son los productos animales tan seguros como pensamos?
EDICIÓN

¿Son los productos animales tan seguros como pensamos?

​Grupo Meat Med, estudiantes de Biotecnología de la Universidad Miguel Hernández de Elche
Foto grupo
Estudiantes de Biotecnología la Universidad Miguel Hernández de Elche que estudian los residuos de medicamentos veterinarios.

En este artículo se ponen de manifiesto qué planes y qué herramientas legislativas, tanto a nivel nacional como nivel europeo, se aplican para garantizar la seguridad de los productos procedentes de animales tratados con medicamentos.


Actualmente en España existen varios mecanismos gubernamentales que se encargan de la regulación de los medicamentos veterinarios en animales que van a ser destinados para consumo humano. Por una parte, el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, concretamente mediante la Aesan (Agencia Española de Seguridad alimentaria y Nutrición) y, por otro lado, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Ganadería con planes como el PNIR (Plan Nacional de Investigación de Residuos).


Ambos mecanismos aseguran la seguridad alimentaria, pero en cuanto a seguridad en productos animales destaca el PNIR, ya que trata de primera mano el control de los residuos de medicamentos veterinarios.


El Plan Nacional de Investigación de Residuos (PNIR), presente desde 1989, es usado como instrumento de seguridad alimentaria de productos animales para el control de sustancias y metabolitos que puedan ser tóxicos para el ser humano.


En cuanto a la legislación en la que se basa dicho plan, tenemos por un lado la regulación a nivel nacional que a su vez está correlacionada con la regulación a nivel europeo.


A nivel nacional encontramos el Real Decreto 1262/1989, por el cual se establece la aprobación del PNIR como plan nacional y que permite su uso como mecanismo para garantizar la seguridad en cuanto a residuos en animales se refiere. Para su desarrollo se seleccionaron los Laboratorios Nacionales de Referencia que establecen las normas y garantizan que los tests realizados en los distintos laboratorios sean totalmente legales.


Tras dicho decreto, en el año 1998 y 2004 se publicaron dos nuevos decretos que son los que actualmente se utilizan en España. Estos son:


Real Decreto 1749/1998 por el que se establecen medidas de control para determinadas sustancias y residuos de medicamentos veterinarios. 


Real Decreto 2178/2004: por el que se prohíbe el uso de sustancias con efecto hormonal, tireostático y sustancias beta-agonistas.


Por otro lado, a nivel europeo, la EFSA es la responsable de regular la seguridad e igualdad de los controles que se realizan en todos los países de la Unión Europea mediante el uso de 4 documentos:


Directiva 96/23, relativa a las medidas de control aplicables respecto a determinadas sustancias y sus residuos en animales vivos y sus productos.


Directiva 96/22 por la que se prohíbe utilizar determinadas sustancias de efecto hormonal y tireostático y sustancias beta-agonistas.


Reglamento (CE) no 470/2009 por el que se establecen procedimientos comunitarios para la fijación de los límites de residuos de las sustancias farmacológicamente activas en los alimentos de origen animal.


Reglamento (CE) no 37/2010 relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal.


Aesan, a su vez, también usa esta legislación mediante la implantación del PNIR al ser la asociación nacional encargada de regular toda la seguridad alimentaria. Para ello, dispone una serie de laboratorios tanto públicos como privados que han sido certificados como laboratorios pertenecientes al RELSA (Red de Laboratorios de Seguridad Alimentaria) donde los ganaderos pueden mandar sus muestras para que sean analizadas.


De este modo, toda esta legislación permite controlar la seguridad y la calidad de los productos ganaderos que son tanto de procedencia nacional como los que son importados de países extranjeros.


En cuanto a este último tema, en algunas ocasiones la gente genera rechazo frente a carnes que proceden de países fuera de españa, pero realmente según la legislación se siguen los mismos protocolos de seguridad. Con ello preguntaros, ¿habéis negado alguna vez el consumo de algún tipo de carne por su procedencia o conocéis a alguien que lo haya hecho?, ¿por qué creéis que puede existir dicho rechazo?


Pnirinfografia tcm30 501173

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