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Piden regular con urgencia la profesión de ATV en España
EDICIÓN
Buscan clarificar, ubicar correctamente y potenciar la cualificación de Asistencia a la Atención Clínica en Centros Veterinarios.

Piden regular con urgencia la profesión de ATV en España

​Para CCOO es urgente regular correctamente esta situación y contar con profesionales debidamente cualificados y cualificadas, como contempla la Disposición adicional cuarta del Convenio recientemente firmado
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La Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) registró el 21 de enero un escrito a la secretaria General del Consejo General de Formación Profesional (CGFP), María José Martín Bernabé, en el que denuncia la situación poco clara, por parte de la Administración, de la ubicación en la familia de Sanidad de la cualificación de Asistencia a la atención clínica en centros veterinarios.


CCOO solicita que el CGFP inste a la creación de un grupo de trabajo que realice un informe de situación de la realidad laboral en sector de veterinaria y su relación con el Catálogo Nacional de Cualificaciones, que permita clarificar, ubicar correctamente y potenciar la cualificación de Asistencia a la Atención Clínica en Centros Veterinarios, comúnmente conocido como auxiliares técnicos veterinarios (ATV),  "que desde CCOO reclamamos se sitúe en el sector sanitario", señalan.


Recientemente se ha firmado el primer Convenio que regula el sector con el problema que supone la falta de regulación sectorial, que afecta a las condiciones de trabajo y al desarrollo competencial de los y las profesionales que trabajan en el sector.


Para este sindicato "es urgente regular correctamente esta situación y contar con profesionales debidamente cualificados y cualificadas", como contempla la Disposición adicional cuarta del Convenio: “Una vez entre en vigor el certificado de profesionalidad o una formación profesional que permita adquirir las competencias generales para desempeñar el puesto de trabajo de personal Auxiliar Clínico de Veterinaria (ACV), las personas trabajadoras que estuviesen encuadradas en esta categoría profesional dispondrán de un periodo transitorio de tres años para obtener el certificado de profesionalidad o la titulación oficial correspondiente para poder seguir ejerciendo estas competencias”.


EL CAOS QUE RODEA A LA PROFESIÓN DE ATV


Luis Ángel Moreno Fernández-Caparrós, Académico de Número y presidente de la Sección 5ª, Historia de la Veterinaria, de la Real Academia de Ciencias Veterinarias de España (RACVE), analizó toda la problemática que rodea a la profesión de “auxiliar de veterinaria” en España


Al no estar regulada, en una búsqueda de Google se pueden encontrar “nada menos que 11 denominaciones para hacer 11 cursos casi idénticos”, todas enseñanzas privadas y sin carácter oficial. Sin embargo, Fernández-Caparrós resalta que todos los cursos se basan en el único programa teórico-práctico aprobado en el BOE núm. 168, de 15 de julio de 2017 para la asistencia a la atención clínica en centros veterinarios. 


Ante esta diversidad de ofertas de los centros de formación, que inducen a error, “se debe, con carácter urgente, estructurar estas enseñanzas de una forma clara, precisa y diáfana. Indicando al alumno concurrente que son enseñanzas privadas incardinadas dentro de la formación profesional de la familia agraria”, reclama el Académico.


SITUACIÓN LEGAL ACTUAL


En el año 2011 apareció el real decreto 140/2011, de 4 de febrero, por el que se complementaba el “Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales”, mediante el establecimiento de cuatro nuevas cualificaciones profesionales de la familia profesional “Sanidad”. Entre ellas quedó recogida, por primera vez en la legislación, la denominación de “Asistencia a la atención clínica en centros veterinarios” en el ámbito sanitario.


Posteriormente, el 7 de julio de 2017 aparece un nuevo real decreto, el 705/2017, que modifica el 140/2011, de 4 de febrero. El nuevo decreto incluye la “Asistencia a la atención clínica en centros veterinarios” dentro de la familia profesional agraria.


Si bien, "desde el año 2011 hasta la actualidad no se ha desarrollado, ni vertebrado, ni ordenado, ni reglamentado, ni disciplinado los derechos y deberes de esta cualificación profesional agraria (que en justicia debería encuadrarse en la familia profesional sanitaria) a pesar de los intentos realizado", destaca el académico.


Ya que, desde que se reglamenta esta formación profesional, el texto legal recoge claramente “que no constituye una norma de obligado cumplimiento desde su aprobación, sino que es un simple marco de referencia de la articulación definitiva futura de esta cualificación”, una situación que tiene en el limbo profesional a todos los auxiliares de veterinaria.


A causa de todo esto derivan los variopintos nombres que recibe y los conflictos que acarrea dicha profesión y las múltiples denominaciones que reciben los cursos para poder obtener un título.

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