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Argumentan el porqué un fisioterapeuta no puede trabajar con animales
EDICIÓN
Antonio Arenas, presidente del Colegio Veterinario de Córdoba, y María Luisa Carcedo, ministra de Sanidad.

Argumentan el porqué un fisioterapeuta no puede trabajar con animales

La ministra de Sanidad, María Luisa Carcedo, ha afirmado que existe la posibilidad de que la fisioterapia equina sea ejercida tanto por fisioterapeutas como por veterinarios. Antonio Arenas, presidente del Colegio Veterinario de Córdoba, le ha contestado con argumentos
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El presidente del Colegio Oficial de Veterinarios de Córdoba, Antonio Arenas, ha expresado en una carta su opinión ante la respuesta de la ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, María Luisa Carcedo, a la petición que hizo el Consejo General de Colegios Veterinarios de España solicitando la rectificación del criterio manifestado por la Subdirección General de Ordenación Profesional (dependiente de ese Ministerio) a la Real Federación Hípica Española, donde se afirma la posibilidad de que la fisioterapia equina sea ejercida tanto por fisioterapeutas como por veterinarios, ya que no existe en España legislación específica en favor de una determinada titulación.


“Por lo tanto, y según el criterio de la Subdirección, confirmado ahora por la ministra Carcedo, cualquier fisioterapeuta con formación puede realizar tratamientos en caballos. Si el hecho es grave en sí, además puede abrir la puerta a que sea autorizado para otras especies animales”, advierte Arenas.


No obstante, el presidente veterinario señala que esta resolución mantiene graves defectos conceptuales.


En primer lugar, señala que cuando nombra, “ante la ausencia de legislación específica, la fisioterapia equina como actividad profesional podría ser ejercida tanto por veterinarios como por fisioterapeutas”, Arenas explica que la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), establece en su art. 7.2.b) que “corresponde a los Diplomados universitarios en Fisioterapia la prestación de los cuidados propios de su disciplina, a través de tratamientos con medios y agentes físicos, dirigidos a la recuperación y rehabilitación de personas con disfunciones o discapacidades somáticas, así como a la prevención de las mismas”.


“Según me parece, la LOPS habla claramente de personas, no de animales. Esta misma Ley, en su art. 6.2.d) dice textualmente que ‘corresponde a los Licenciados en Veterinaria el control de la higiene y de la tecnología en la producción y elaboración de alimentos de origen animal, así como la prevención y lucha contra las enfermedades animales, particularmente las zoonosis, y el desarrollo de las técnicas necesarias para evitar los riesgos que en el hombre pueden producir la vida animal y sus enfermedades”, resalta.


Así, el veterinario ve claramente como está definida cada una de estas dos profesiones sanitarias. “Una, la fisioterapia, con funciones de recuperación y rehabilitación de personas, y la otra, la veterinaria, para la lucha (o sea prevención y tratamiento, y la fisioterapia es una forma de tratamiento) contra las enfermedades animales”.


Además, destaca que el problema se complica en el caso de la veterinaria, ya que las funciones del veterinario trascienden el ámbito del propio Ministerio de Sanidad, imbricándose en el Ministerio de Agricultura. “Y aquí, las competencias son mucho más claras. La salud animal corresponde, administrativamente, al Ministerio de Agricultura, y los tratamientos (terapias) del animal enfermo escapan claramente a las competencias del Ministerio de Salud (por ahora). Entendemos, por esta razón, que la Sra. Carcedo ha emitido una Resolución para la que no es competente y por lo tanto debería quedar anulada”.


NO TIENEN LA FORMACIÓN DE UN VETERINARIO


Por otra parte, Arenas indica que, en las competencias, los contenidos y la correspondiente asignación de créditos ECTS en el grado de Fisioterapia, no aparece el trabajo con animales.


“Si utilizamos las mismas argumentaciones que hace la desafortunada resolución de la Sra. ministra de Sanidad, un veterinario especialista en cardiología podría, perfectamente, tratar a un ser humano. ¿Entenderían Vds. que un veterinario especialista en cardiología (que, por cierto, los hay y muy buenos) fuera autorizado por el Ministerio de Salud para tratar a personas? ¿Y un neumólogo, un nefrólogo o un internista? Por el contrario, ¿verían bien que un médico especialista en aparato digestivo tratara de una enteritis a una serpiente pitón? ¿Por qué entonces un especialista en fisioterapéutica humana sí podría tratar a un acentor alpino de una lesión en el músculo supracoracoideo?”.


“En fin, tras todo este problema, no cabe duda, trasciende el interés económico. Los fisioterapeutas, a los que les tengo mi más profundo respeto, quieren tratar a caballos de competición porque son muy valiosos, o a perros porque son muchos. Pero lo del acentor alpino... ese sí tiene un problema”, concluye.

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