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Acuerdo para regularizar la profesión de auxiliar de veterinaria en España
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Acuerdo para regularizar la profesión de auxiliar de veterinaria en España

​El Consejo General de Formación Profesional creará un grupo específico para regular la situación laboral del sector veterinario con el objetivo de potenciar la cualificación de auxiliar de veterinaria
Auxiliar veterinaria atv

Este miércoles 29 de abril la Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional (CGFP) aprobó por unanimidad la creación de un grupo que informe de la realidad laboral del sector veterinario y su relación con el Catálogo Nacional de Cualificaciones, que permitirá clarificar, ubicar correctamente y potenciar la cualificación de 'Asistencia a la atención clínica en centros veterinarios', comúnmente conocido como Auxiliares Técnicos Veterinarios (ATV).


La Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) ya registró el pasado 21 de enero, en base a la puesta en marcha del primer Convenio firmado en el sector veterinario, junto a la Confederación Empresarial Veterinaria Española (CEVE) y la Unión General de Trabajadores (UGT), un escrito al CGFP denunciando la situación poco clara, por parte de la Administración, de la ubicación en la familia de Sanidad de la cualificación de Asistencia a la atención clínica en centros veterinarios, solicitando por ello la creación de un grupo de trabajo para estudiar la situación del sector veterinario y clarificar la figura del ATV.


De esta manera, como aclaraban desde CCOO, y se contempla en la Disposición adicional cuarta del Convenio: “Una vez entre en vigor el certificado de profesionalidad o una formación profesional que permita adquirir las competencias generales para desempeñar el puesto de trabajo de personal Auxiliar Clínico de Veterinaria (ACV), las personas trabajadoras que estuviesen encuadradas en esta categoría profesional dispondrán de un periodo transitorio de tres años para obtener el certificado de profesionalidad o la titulación oficial correspondiente para poder seguir ejerciendo estas competencias”.


Igualmente, esta ordenación ayudaría a contar con profesionales debidamente cualificados y cualificadas, una regulación de la base salarial, previamente clarificada en el Convenio, y “la retirada de manera oficial del título de Técnicos en Cuidados Sanitarios, ya que se basa en una titulación donde las funciones y bases del colectivo eran claramente preconstitucionales, por una homogenización de estas competencias en el conjunto del Estado”, como bien señalaban preliminarmente a la convocatoria de hoy.


De esta manera, y como se ha dejado en constancia en la convocatoria del CGFP, se pretende congregar a los perfiles y categorías de títulos de sanidad dentro del marco del sector sanitario, modificando el Real Decreto, el 705/2017 en el que se determinaba la inclusión de la ‘Asistencia a la atención clínica en centros veterinarios’ dentro de la familia profesional agraria. En este caso, “se establecerán dentro del sector sanitario a la categorización de perfiles de Cualificación de Nivel III como es el del Personal Auxiliar Clínico de Veterinaria (ACV), y de Nivel II perteneciente a los profesionales encargados de Cuidados y mantenimiento de animales utilizados para la investigación y otros fines científicos”, como informa el secretario de Formación y Servicios de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (FSS-CCOO), Carles Diéguez, en declaraciones a Diario Veterinario.


Por otra parte, el acuerdo dictado en el Consejo General de Formación Profesional tendrá una nueva fase antes de finales de año, en la que se reunirá un grupo de trabajo específico del sector veterinario. Según explican a este medio, en él se pondrá de manifiesto las diversas directrices de cambio respecto al perfil de auxiliar veterinario y fomentar las bases necesarias que requerirá un profesional, en torno a una cualificación adecuada, para la certificación del título. “El objetivo es cualificar al sector y profesionalizarlos, permitiendo que todo el mundo tenga la cualificación correspondiente y pueda certificarla”, señala Diéguez.


CÓMO HOMOLOGAR UN TITULO DE ATV


Un punto de gran interés en la regulación de la situación laboral del sector veterinario es cómo se podrá obtener el título oficial de Auxiliar Técnico Veterinario (ATV).


En relación con lo dictado en el Convenio entre la patronal veterinaria española CEVE y representantes sindicales, se expone que una vez se obtenga la certificación de profesionalidad se contará con un tiempo determinado para lograr la titulación oficial en virtud de la Disposición adicional cuarta. Asimismo, el profesional que esté encuadrado dentro de la categoría de profesional ‘Personal Auxiliar Clínico de Veterinaria’ tendrá un periodo transitorio de tres años para homologar el certificado oficial y poder seguir ejerciendo estas competencias. Si en este margen temporal no se ejecuta una homologación, el profesional perdería la categoría profesional que hubiese obtenido mediante algún curso oficial, aunque podría ser incluido por parte de la empresa dentro de otra categoría, conservando derechos laborales o ser causa objetiva de despido.

 

La acreditación y obtención del título partirá de ciertos requisitos, como la disposición del título de Bachillerato o un ciclo formativo de grado superior (FP2), y que “se cuente con competencias profesionales a través de la experiencia laboral como auxiliar, mínima de tres años. Otra de las formas de conseguir este título será realizando una formación profesional de cursos oficiales aprobados por SEPE”, según explica la presidenta de la patronal veterinaria española, Delia Saleno.


La experiencia laboral será un punto importante en la acreditación de competencias para la adquisición del título oficial, cuyo proceso de convalidación y estudio dependerá de las comunidades autónomas y más concretamente de las consejerías de educación. Por otra parte, “se permite un acuerdo entre la parte sindical y las empresas, dando la posibilidad a éstas de pedir en su respectiva comunidad autónoma, un proceso de acreditación específico para determinada empresa”, apunta Diéguez. 

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